Bonificación del IBI por aerotermia
Comprobado el 4 de noviembre de 2026. Si un dato caduca, se corrige y se hace constar.
Es la ayuda que más gente deja sin pedir, porque no se anuncia, no sale en los comparadores y no la gestiona tu instalador. Es un descuento en el recibo del IBI por haber instalado un sistema de aprovechamiento de energía renovable.
Y hay una cosa que debes saber de entrada: no es estatal ni autonómica, es municipal. No existe una regla común, así que la única forma de saber si te corresponde es mirar la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento.
Cómo funciona
La normativa de haciendas locales permite a los ayuntamientos establecer una bonificación en el IBI para inmuebles con instalaciones de aprovechamiento de energía renovable. Es potestativa: el ayuntamiento decide si la aplica, con qué porcentaje y durante cuántos años.
Eso produce un panorama muy desigual:
| Qué varía | Entre municipios |
|---|---|
| Si existe o no | Muchos municipios no la tienen en absoluto |
| Porcentaje | Desde porcentajes modestos hasta la mitad del recibo |
| Duración | Desde un solo ejercicio hasta varios años |
| Si la aerotermia cuenta | Algunas ordenanzas mencionan solo solar térmica o fotovoltaica |
| Requisitos técnicos | Algunas exigen que la instalación no sea obligatoria por normativa |
| Plazo de solicitud | Casi siempre antes de una fecha concreta del ejercicio |
El punto crítico es el cuarto. Hay ordenanzas redactadas pensando en paneles solares que no mencionan expresamente las bombas de calor. Si la tuya es de ese tipo, tendrás que preguntar directamente si la aerotermia se admite.
Cómo comprobarlo, en cuatro pasos
1. Busca la ordenanza fiscal del IBI de tu municipio. En un buscador:
ordenanza fiscal IBI [tu municipio] bonificación energías renovables
Asegúrate de que el resultado está en el dominio oficial del ayuntamiento, y de que es la ordenanza del ejercicio en curso: se actualizan cada año.
2. Busca dentro del documento las palabras “renovable”, “bonificación”, “aprovechamiento” o “energía”. Suele estar en un artículo propio dentro de las bonificaciones.
3. Comprueba los cinco datos que importan:
- ¿Existe la bonificación?
- ¿Incluye bombas de calor o solo solar?
- ¿Qué porcentaje y durante cuántos ejercicios?
- ¿Cuál es el plazo de solicitud?
- ¿Qué documentación piden?
4. Si no lo encuentras o la redacción es ambigua, llama al ayuntamiento. Pregunta por el departamento de tributos o gestión tributaria. Es una llamada de cinco minutos y es la forma más fiable de salir de dudas, porque quien aplica la ordenanza es quien mejor sabe cómo la interpreta.
Lo que te van a pedir
Varía, pero el paquete habitual es:
| Documento | De dónde sale |
|---|---|
| Solicitud en modelo oficial | Sede electrónica del ayuntamiento |
| Referencia catastral del inmueble | Tu recibo del IBI |
| Factura de la instalación | Tu instalador |
| Certificado de la instalación | Tu instalador |
| Certificado de eficiencia energética | El técnico que lo emitió |
| Acreditación de titularidad | Escritura o nota simple |
Fíjate en que los dos certificados son los mismos que necesitas para la deducción del IRPF. Pídelos todos juntos al terminar la obra y los tendrás para las dos cosas.
El detalle que hace perder la bonificación
El plazo. La mayoría de las ordenanzas exigen solicitarla antes de una fecha concreta para que se aplique al ejercicio siguiente: no es retroactiva, y si se te pasa, pierdes ese año.
Así que el momento de comprobarlo no es cuando llegue el recibo, sino en cuanto termine la obra. Añádelo a tu lista de tareas de final de instalación, junto con recoger los certificados.
Cuánto puede valer
Depende de tu recibo y del porcentaje de tu municipio. Para que te hagas una idea del orden de magnitud: si tu IBI anual es de 400 € y tu ayuntamiento bonifica un 50% durante tres años, son 600 € en total.
No es la ayuda más grande, pero es dinero por rellenar un formulario con papeles que ya tienes. Y a diferencia de las convocatorias de subvenciones, no compite con nadie ni se agota: si cumples los requisitos de la ordenanza, te corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible con la deducción del IRPF y con una subvención? La bonificación del IBI es un tributo local y la deducción del IRPF es estatal: son cosas distintas y normalmente compatibles. Lo que sí afecta a la base de la deducción son las subvenciones recibidas, no las bonificaciones fiscales. Si tu caso es grande, confírmalo.
¿Sirve si la aerotermia era obligatoria por normativa en obra nueva? Aquí hay que tener cuidado: algunas ordenanzas excluyen expresamente las instalaciones que son obligatorias por normativa. En vivienda nueva, compruébalo antes de contar con ella.
Soy inquilino, ¿me corresponde? La bonificación es del titular del inmueble, que es quien paga el IBI. Si eres inquilino y has pagado tú la instalación, es un asunto a acordar con la propiedad.
Mi ayuntamiento no la tiene. ¿Puedo pedir que la cree? Las ordenanzas fiscales se aprueban anualmente en pleno. Puedes dirigir una propuesta, pero no esperes efecto a corto plazo.
Siguiente paso
- La ayuda principal, verificada y con plazo: Deducción del 40% en el IRPF
- Cómo comprobar si hay convocatoria en tu comunidad: Subvenciones por comunidades
- El panorama completo: Subvenciones de aerotermia
- Y lo que te va a costar la obra: Cuánto cuesta instalar aerotermia